Vista la solicitud formulada por la ciudadana: IRAIDA COROMOTO GARCÍA, venezolana, soltera, enfermera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.251.080, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL LUNA SILVA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.138.235 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 30.079, mediante la cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle a sus hijos: ******************************, venezolanos, mayor de edad el primero y adolescentes la segunda y la tercera, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 18.474.657, 20.641.871 y 20.545.074, respectivamente, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae, y por cuanto de las declaraciones contestes rendidas por las ciudadanas Carmen Coromoto Rojas Alvarado y Vivia Coromoto Torrealba, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.605.622 y V-4.201......