DISPOSITIVA.
Con fundamento en lo precedente expuesta este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de control Nº 2 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la devolución por existir incertidumbre en cuanto a la titularidad del derecho de propiedad de la ciudadana Sol María Ramos Calderon, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.050.673, sobre el vehículo Clase: automóvil; Marca: Chevrolet; Modelo: Corsa, Tipo: Sedan; Año: 2001; Color: Beige; Placa: S/N; Serial de motor: 81V31518, Serial de Carrocería 821SC51681V315180, Uso Particular el cual se encuentra en depósito en el estacionamiento Corralito, de esta ciudad, que fuere retenido por funcionarios adscritos a la Primera Compañía del Destacamento N° 41 de la Guardia Nacional.
Regístrese, Diarícese, Certifíquese.
Notifí.....