En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Perecido el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana NORKI MARIELIS TORO VALERA, en el presente procedimiento de divorcio con fundamento en el artículo 185 ¿ A del Código Civil, incoado por la mencionada apelante, conjuntamente con su cónyuge, ciudadano GILBERTO ANTONIO SOTO GONZÁLEZ.
En consecuencia, queda definitivamente firme, la sentencia proferida en fecha 28-03-2011, por el Tribunal de Primera Instancia de Mediación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en esta ciudad de Guanare.