DISPOSITIVA
1. Se admitió totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, contra los ciudadanos DANIEL WILSON OVIEDO JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, conductor, natural de San Cristóbal estado Táchira, nacido en fecha 22 de enero de 1980, titular de la Cédula de Identidad N° 14.360.927 y residenciado en las Vegas de Táchira, Avenida principal, frente a la Panadería ¿La Exquisita¿, de San Cristóbal estado Táchira; y ARGENIS ANTONIO HERNÁNDEZ LUNA, venezolano, mayor de edad, soltero, conductor, titular de la Cédula de Identidad N° 9.541.615, nacido en Maracay estado Aragua, en fecha 09 de mayo de 1965 y residenciada en la Urbanización Caña de Azúcar, Sector 3, Vereda 31, Casa No. 5, de Maracay estado Aragua; por el delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjui.....