En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano: YOHANDER JOSE OSAL LUCENA, titular de la cédula de identidad número 25.318.208, contra Sociedad mercantil, SERVIALCO, registrada POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO PORTUGUESA, BAJO EL NUMERO 34, TOMO 56-A, DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014, representada por el ciudadano PAUL ALFONZO ALMAO CORONEL, titular de la cedula de identidad numero 19.376.291
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada: Sociedad mercantil, SERVIALCO, registrada POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO PORTUGUESA, BAJO EL NUMERO 34, TOMO 56-A, DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE.....