DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto; este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por el ciudadano: RAMON JOSE GARCIA PEROZO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.059.972 contra la Ciudadana: DIAZ PATERNINA NEYHESKA CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.160.285, y en consecuencia; DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unió a ellos, desde el 14 de Marzo del año 2016, conforme consta en el Acta de Matrimonio Nº 0097, folio 97, inserta en el Registro Civil Parroquia Acarigua, Estado Portuguesa. Con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia Nº 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016, de la Sala Co.....