En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (Unipersonal) en función de Juicio No.2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: FELIX LIONEL DIAZ VASQUEZ, Venezolano, Titular de la Cédula de identidad N° 10.802.283, de treinta y cuatro (34) años de edad, nacido en fecha 12-10-1971, residenciado en la Calle 6, Casa N° 27, Urbanización 24 de Julio, Araure, Estado Portuguesa, por la comisión del delito: POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO en consecuencia, este Tribunal de Juicio acuerda de inmediato la LIBERTAD PLENA para el ciudadano antes identificados, desde la misma sala de audiencia, todo de conformidad c.....