Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana GLADYS JOSEFINA COLINA, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de terreno de la Municipalidad y dentro de un área Doscientos Cuarenta y Dos Metros Cuadrados (242,00mts2) consistente en: una (1) casa de bloque, con ocho (8) ventanas panorámicas, piso de cerámica, con dos (2) puertas de hierro de entrada y salida, techo de platabanda, el cual consta d tres (3) cuartos con puerta de madera cada uno, un (1) baño interno, una (1) sala, una (1) cocina empotrada, un comedor, un (1) lavadero, (1) garaje con techo d.....