DISPOSITIVA
Con base en a las consideraciones que anteceden este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fueron objeto los ciudadanos: Molina Donado Ronald Nicolás, venezolano, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 29-08-1987, natural de los Puertos de Altagracia, Estado Zulia, de profesión indefinida, residenciado en el Barrio Santa Rita, calle principal, casa S/N, sin frisar, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.700.422, hijo de Luz Marina Donado (Viv.) se desconoce los datos de su padre y Jesús Antonio Medina Alvarado, venezolano, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 13-07-1989, natural de Guanare Estado Portuguesa, soltero, de profesión indefinida, residenciado en el.....