Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, y por cuanto no hubo oposición a la solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle a las ciudadanas JOHANA TIBISAY HERNÁNDEZ CALDERA, JHOANGELIS CAROLINA HERNÁNDEZ CALDERA y YELIMAR CAROLINA HERNÁNDEZ CALDERA y el niño Identificación omitida por disposición de la Ley, de 10 años de edad, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GREGORIO HERNÁNDEZ PAREDES, quien falleció ab-intestato en fecha 07 de marzo de 2014, en el Caserío El Volcán, Tucupido, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a causa de HERIDA POR ARMA DE FUEGO, según acta de defunción, expedida por la C.....