Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A propuesta por el ciudadano: MANUEL RICARDO FIGUEROA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.724.173, de este domicilio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído con la ciudadana NURIS BEL GONZALEZ DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.185.361, en fecha seis de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco (06-11-1.985), por ante la Primera Autoridad Civil de Municipio Guanare del Estado Portuguesa, de conformid.....