DISPOSITIVA:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos Yalimar Ramona Duran Castellano y Edincson José Barrios Nuñez, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día doce (12) de enero del dos mil quince, según lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veinte (20) de diciembre de 2010, por ante el Registro Civil de La Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren, estado Lara, tal como se evidencia del Acta Nº 260.
Publíquese, regístrese y déjese copia certific.....