DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Función de Control Nº 1, Guanare en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
1) Se declina la competencia al tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal de conformidad al artículo 75 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal, ante la solicitud formulada por la representación Fiscal.
2) Se acuerda La Libertad del imputado, en virtud que previa información suministrada por el secretario del Tribunal de Control N° 3, Abg. Rene Badillo, el ciudadano Alvarado Jhonny Alexander, se le ordeno dejar sin efecto la Orden de Aprehensión recientemente y la causa se encuentra en transición. Se ordena la Libertad del Imputado desde esta misma sala, con la condición de presentarse ante el Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal a los fines de resolver su.....