DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control N° 3 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se admite totalmente la Acusación presentada por la Representación Fiscal contra el Imputado, Javier Antonio Mata González venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 25/03/1976, titular de la cédula de identidad Nº V-13.740.697, soltero, Albañil de 32 años de edad, residenciado en el Barrio Colombia Sur, Calle 26, Casa S/Nº Guanare Estado Portuguesa, por delito de Amenaza de Grave Daño y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana. VALLES ROJAS OLIANA MARIA, venezolana de 32 años de edad, nacida en Guanare Estado Portuguesa, en fe.....