En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la ley, Declara: INADMISIBLE la pretensión MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, por la ciudadana MARIA ZULEIMA COROMOTO NARVAEZ MEJIAS, contra los ciudadanos ELIANNIS YASMIRA ALEJO RIERA, WILMER JOSÉ ALEJO RIERA, WILLY NAIR ALEJO RIERA, ELIEXER ADONAY ALEJO RIERA, ZUNELSY DODAY ALEJO NARVAEZ, YONNY RAFAEL YUSTE CASTELLANIS, YINNER JESÚS MEDINA, DODAY EVELYN ALEJO QUIÑONEZ, WILFREDO NAIR ALEJO GÁMEZ, ALFREDO JOSÉ ALEJO QUIÑONEZ, WILLIANS ANDRES ALEJO GÁMEZ y WILNELSYS YANIRETH ALEJO GÁMEZ,
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.