Vista las motivaciones y demás circunstancias de convicción; este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en funciones de Control N° 02, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: otorgar el Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso, al acusado JOSE MANUEL SUAREZ MEDINA, De Nacionalidad. Venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 20 años de edad, nacido en fecha 14-06-91, DE Estado Civil: soltero, De Profesión U Oficio: obrero, Residenciado en Acarigua Estado Portuguesa, Titular De La Cedula De Identidad N° V-20.158.396; en perjuicio de su hermana, la ciudadana KARLA KRISTINA SUAREZ MEDINA, titular de la cedula de identidad N° V- 17.945.901, encontrándose el imputado, debidamente asistido por los Abogados ANDRES DUARTE, de conformidad con la norma citada, visto como están llenos los extremos de Ley; en tal sentido, se establece el mismo por el lapso de SEIS (06) MESES Y SE ORDENA LA INDE.....