Se le otorgó el BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta al penado JOSE CAMILO AGUILAR, régimen que vencerá el día 24 de abril de 2011, fecha de cumplimiento de la pena impuesta, venciendo el período de vigilancia, en fecha 26-06-2014; beneficio que cumplirá en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal del Estado Portuguesa, donde pernoctará de lunes a jueves; a partir de los viernes a las 5:30 p.m. hasta los lunes a las 7:30 a.m. pernoctará en su residencia ubicada en el Barrio Bella Vista I, sector El Palito, avenida 42 y 43 con calle 42, casa N° 22-2 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 51 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario.