DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena a los acusados Altuve Molina Nelson, venezolano, natural de Barinas Estado Barinas, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.772.147, soltero, obrero, y residenciado en el Barrio La Carolina, calle Carolina, diagonal al Stadium Carolina casa N° 13-24 Barinas Estado Barinas y César David Dueño Juárez, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.464.576, soltero, obrero, y residenciado en el Barrio San Juan, calle Caracas, casa N° 42-11, Barinas estado Barinas, a cumplir la pena de un (1) año y seis (6) meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de porte.....