ÚNICO: Con fundamento en el artículo 103 del Código Penal declara EXTINGUIDA la pena de UN AÑO DE PRISIÓN, que le fue impuesta al ciudadano ALFREDO JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.646.076, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 13 de Noviembre de 1974, hijo de Juana González y José Herrera, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Caserío El Barrancón, Calle Principal, casa s/n, Parroquia Antolín Tovar, Municipio San Genaro de Boconoíto, Estado Portuguesa, mediante decisión de fecha 28 de Agostode 2012 dictada por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal por haber admitido los hechos en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA, así como a las penas accesorias de ley, previstas en el artículo 16 ejusdem, e.....