D I S P O S I T I V A
Por las razones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el articulo número 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
Publíquese, Regístrese, déjese copias certificadas.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal del Niño, Niña y del Adolescente del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, a los 05 días del mes de Agosto del año Dos mil Ocho. Años 198° y 149°.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Seguidamente se publico en su fecha y hora de despacho, siendo las (3:30 p.m.). Conste./Exp. Civil No. 6711/miriam q.
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