En consecuencia se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público contra los imputados Rafael Antonio Cárdenas Perdomo, venezolano, de 45 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.257.317, natural de Guarico Estado Lara, nacido en fecha 30-12-64, de profesión u oficio parquero, residenciado en el Barrio La Polar, Guanare Estado Portuguesa, José Antonio Mosquera, venezolano, de 36 años de edad, titular de la cedula de identidad 14.226.922, natural de Punto Fijo Estado Falcón, nacido en fecha 24-05-63, de profesión u oficio Albañil, residenciado en el Barrio la Polar Guanare Estado Portuguesa, y Raedi José Peraza, venezolano, de 42 años de edad, titular de la cedula de identidad 10.728.335, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 24-04-67, de profesión u oficio latonero y pintor, residenciado en el Barrio la Polar Guanare Estado Portuguesa.
6.- Se desestima la solicitud de Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por una Medida .....