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Decisiones del dia 07/11/2018 |
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N° Expediente :
00378-A-18
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N° Sentencia :
1175
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Accion Posesoria Agraria Por Perturbacion |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL "GANADERIA CACHO E VENAO, C.A.", VS CONSEJO CAMPESINO EL BUCARE" Y OTROS |
Resumen:
Así de la lectura de la diligencia presentada por la parte demandante, representada por la abogada, Jumarit Marieta González Santeliz, obrando en la condición de apoderada judicial de la Sociedad mercantil "GANADERIA CACHO E VENAO, C.A, se desprende la clara exposición de la parte actora de renunciar y extinguir el proceso, en forma pura y simple sin violentar o afectar bienes de especial tutela agraria; y al no haber sido contestada la demanda, este Tribunal debe necesariamente HOMOLOGAR el desistimiento del procedimiento en lo que respecta a los co-demandados: JUAN GABRIEL NAVAS ARAQUE, JESUS MANUEL ESCALANTE ARAQUE, FRANCISCO JAVIER FLORES HERNANDEZ, DANIEL ANTONIO RAMOS HERRERA, EMILIO RAMON RODRIGUEZ TORRES y ALBEIRO ANTONIO DUQUE SANCHEZ y se mantiene como demandada al "CONSEJO CAMPESINO EL BUCARE", inscrita en el Registro Público de los Municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoíto del estado Portuguesa, en fecha 15 de diciembre de 2015, bajo el Nº 26, Tomo 27, Folio 278.....
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0486-A-18
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N° Sentencia :
1176
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: RAMON ELIAS BOLOTIN SUBERO |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano RAMON ELIAS BOLOTIN SUBERO, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, RAMON ELIAS BOLOTIN SUBERO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano RAMON ELIAS BOLOTIN SUBERO, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0484-A-18
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N° Sentencia :
1177
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: GIUSEPPE UMBERTO DE NUNZIO |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurías descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano GIUSEPPE UMBERTO DE NUNZIO, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, GIUSEPPE UMBERTO DE NUNZIO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano GIUSEPPE UMBERTO DE NUNZIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0481-A-18
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N° Sentencia :
1178
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: FRANCISCO JOSE ARIEL INTRALIGGI LEWITZKI |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano FRANCISCO JOSE ARIEL INTRALIGGI LEWITZKI, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, FRANCISCO JOSE ARIEL INTRALIGGI LEWITZKI, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano FRANCISCO JOSE ARIEL INTRALIGGI LEWITZKI, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0480-A-18
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N° Sentencia :
1179
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: CARLA VALERIA INTRALIGGI LEWITZKI |
Resumen:
Ahora bien evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte de la ciudadana CARLA VALERIA INTRALIGGI LEWITZKI, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que la ciudadana, CARLA VALERIA INTRALIGGI LEWITZKI, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por la ciudadana CARLA VALERIA INTRALIGGI LEWITZKI, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0476-A-18
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N° Sentencia :
1169
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: YLEANA MARÍA CECCARELLO DE DE NUNZIO |
Resumen:
Ahora bien evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte de la ciudadana YLEANA MARÍA CECCARELLO DE DE NUNZIO, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que la ciudadana, YLEANA MARÍA CECCARELLO DE DE NUNZIO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por la ciudadana YLEANA MARÍA CECCARELLO DE DE NUNZIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0485-A-18
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N° Sentencia :
1172
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0482-A-18
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N° Sentencia :
1171
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: VINCENZO DE NUNZIO FIORELLO |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano GIUSEPPE INTRALIGGI RESTIVO, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, GIUSEPPE INTRALIGGI RESTIVO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano GIUSEPPE INTRALIGGI RESTIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente :
S-0479-A-18
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N° Sentencia :
1170
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Fecha: 07/11/2018 |
Procedimiento: Justificación De Perpetua Memoria |
Partes: COSIMO DE NUNZIO GUARENTE |
Resumen:
Ahora bien, evidencia este Tribunal, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano COSIMO DE NUNZIO GUARENTE, aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, COSIMO DE NUNZIO GUARENTE, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano COSIMO DE NUNZIO GUARENTE, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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