En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, Con Lugar la cuestión previa de caducidad de la pretensión de nulidad con relación a las Asambleas Generales de Accionistas celebradas por la empresa TECNICA MANRIQUE C.A. (TEMACA), en las siguientes fechas: 11-01-2002, 16-01-2003, 15-01-2004, 14-01-2005, 16-01-2006 y 14-08-2006, y conforme al fallo impugnado del Tribunal de cognición de fecha 12-02-2010, queda en consecuencia, definitivamente firme su decisión declarativa de Inadmisibilidad, de la referida cuestión previa formulada por la parte demandada con relación a las Asambleas Generales de Accionistas de la referida sociedad de comercio, celebradas en las siguientes fechas: 16-01-1997, 21-01-1.....