Se declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente que acredite a el ciudadano CARLOS EDUARDO ARROYO COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio Bolívar, Avenida 1 entre calle 1 y 2, Casa Nº 23, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.905.191, actuando en su nombre, en el sus Hermanos los ciudadanos AURA ROSA ARROYO COLMENAREZ, LUIS ALBERTO ARROYO COLMENAREZ Y FRANKLIN ANTONIO ARROYO LARA; venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 16.565.590, 16.293.387 y 13.738.599; y en el de su madre, la ciudadana: ANA VIRGINIA COLMENAREZ DE ARROYO, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 7.549.770; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, sobre los bienes dejados por el causante CLISANTO RAMON ARROYO, quien era venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.201.100, fallecido ab-intestato el d.....