Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en fecha 22 de Enero de 2.008, de los ciudadanos JOSE RAMON FERNANDEZ FERNANDEZ y LUCIA GUDIÑO BASTIDAS, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos por ante la Prefectura Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, en fecha 17 de Marzo de 2.004, según Acta Nro 18.
De acuerdo con lo convenido por las partes en la solicitud de Separación de Cuerpos, el niño ********, estará bajo la Custodia de la madre, la Patria Potest.....