Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Indemnización de Daños y Perjuicios Materiales causados al inmueble, interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO CAMPOS REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.619.557, mayor de edad, abogado, de este domicilio, contra del ciudadano GERARDO SANTORO VODOLA, italiano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 523.848, de este domicilio, representado judicialmente por el abogado ARNOLDO JOSE PERAZA PETIT venezolano, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.752, titular de la cédula de identidad Nº 9.254.775, de este domicilio.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a cancelar la cantidad de Seis Mil Seiscientos Cincuenta .....