DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara con lugar la aprehensión del imputado Mena Mosquera Willinton, en situación de flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Acuerda con lugar la prosecución del presente procedimiento a través del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Acoge la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público de Usurpación de Identidad previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identidad
4) Impone al Imputado de la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el .....