1) Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Rivero Colmenarez Edumar Antonio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare, estado Portuguesa, de 22 años de edad, soltero, obrero, nacido en fecha 02-12-1982, titular de la Cédula de Identidad ( No porta) y residenciado en el Barrio el Cementerio, carrera 10 entre calles 17 y 18, casa 17-24, Guanare, estado Portuguesa, quien fue detenido el día 14-12-2004, a las 11:30 p.m., aproximadamente, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía de este estado, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1,2,3, y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano Camacaro Barrera José Gregorio.
2) Decreta la privación Judicial Preventiva de Libertad al preidentificado ciudadano Edumar Antonio Rivero Colmenarez, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 d.....