PRIMERO: Se decreta como flagrante la Aprehensión del imputado, SILFREDO JOSE PEREZ TORO, de nacionalidad venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 24 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.880.916, nacido en fecha 08/10/87, soltero, de profesión u Oficio Comerciante, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, Manzana D-11, Casa Nro.- 05, Guanare Estado Portuguesa, por la presunta comisión de los delitos de Acoso, Hostigamiento y Amenaza y violencia Física, previsto y sancionado en lo, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de QUINCHOA JACANAMIJOY LUZ MARIA. SEGUNDO: Se acuerda el PROCEDIMIENTO POR LA VÍA ESPECIAL conforme al artículo 94 ejusdem en relación con el 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara con lugar la pre-caliíicación jurídica presentada por el Ministerio Público, admitiendo la precalificación Acoso, Hostigamiento y Amenaza y violencia Física, previs.....