Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Estadales y Municipales en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra de VELASQUEZ RAMIREZ MAPLE BLADIMIR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.706.057, soltero, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 24/10/1992, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la Población de Flor de Patria, Calle Principal, casa N° 07, Municipio Pampán, Estado Trujillo, es decir, que el hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuírsele al mencionado ciudadano, de conformidad con el Artículo 300 numeral 1o del Código Orgánico Procesal Penal.