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Decisiones del dia 21/05/2008 |
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N° Expediente :
1E-824-04
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N° Sentencia :
18
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Fecha: 21/05/2008 |
Procedimiento: Declara Con Lugar La Solicitud Formulada |
Partes: PENADO VELAZQUEZ JOSÉ RAFAEL, DEFENSA PÙBLICA ABG. ELSY CADENAS PEÑA, FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PÙBLICO ABG. LEONARDO GONZALEZ, VICTIMA OMITIDA |
Resumen:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud interpuesta por el penado Velazquez José Rafael, para pernotar en el Barrio Progreso , alado del modulo policial municipal y a lado de la Bodega Roberto en Guanare , Estado Portuguesa , por un lapso de 48 horas contado partir de la hora que se haga efectivo el egreso del penado del centro Penitenciario Los llanos , que sera desde el dia 21 de mayo del 2008 hasta 23 de mayo del 2008 a las 12 Pm ( viernes). Regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N°1
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Juez/Ponente:
Rafael Clemente Mujica
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
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N° Expediente :
9386
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/05/2008 |
Procedimiento: Divorcio 185 - A |
Partes: JOSÉ BENIGNO QUEVEDO GARCÍA Y MARÍA BENEDICTA QUINTERO VILLEGAS |
Resumen:
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio propuesta por los ciudadanos: JOSÉ BENIGNO QUEVEDO GARCÍA y MARÍA BENEDICTA QUINTERO VILLEGAS, ambos suficientemente identificados. En consecuencia, conforme a los artículos l85-A y 184 del Código Civil, declara disuelto el vínculo conyugal contraido por los referidos ciudadanos por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan de Guanaguanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, en fecha 20 de agosto de 1998, según acta No. 110.
De acuerdo con lo convenido por los solicitantes, la Patria Potestad de la niña ************************, será compartida entre ambos progenitores y la Responsabilidad de Crianza de la referida niña la tendrá la madre. En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, por .....
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Juez/Ponente:
Pastora Peña Garcias
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Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
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N° Expediente :
PP21-L-2008-000096
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N° Sentencia :
PJ0052008000154
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Fecha: 21/05/2008 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: PARTE ACTORA: ELI JOSE ORTIZ, TULIO LOPEZ Y JOSE GREGORIO GONZALEZ JIMENEZ, PARTE DEMANDADA: FUNDACION PRO PATRIA 2.000, |
Resumen:
Por todas las razones antes expuestas, se REPONE LA CAUSA al estado de notificar a la Procuraduría General de la República, Todo ello conforme a lo establecido en los Artículos 63, 79, 80 y 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se Ordena la citación de la Procuraduría General de la República, en sus oficinas ubicadas en su sede en caracas,
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Juez/Ponente:
Antonio Herrera
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Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.
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