Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano LLOVERA FERNANDEZ NELSON ENRIQUE, venezolano, soltero, profesión u oficio obrero, natural de Acarigua Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 12/02/1.975, hijo de Pedro Llovera y Juana Fernández, Titular de la Cédula de identidad Nº 15.138.963, residenciado en el Barrio Primero de Diciembre, Sector 03, calle 16, casa Nº 721, a media cuadra del Centro Materno Infantil Familiar Hernández, Barinas Estado Barinas, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal por la comisión del delito de Hurto Calificado l, tipificado en el artículo 455 Ordinal 4° del Código Penal derogado en perjuicio del ciudadano Gutiérrez Francisco Antonio.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese
La Juez de .....