Es por estos razonamientos, y con fundamento en las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara de conformidad con lo previsto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción N° 346, del año 2011, de fecha 23/03/2011, inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa y Registro Civil Principal del mismo Estado, formulada por la Abogada SUSAN SERMARY CAMACHO VIELMA, en su carácter de Apoderada Judicial de las ciudadanas MARIA LEONOR BOLIVAR DE HERNANDEZ, RAQUEL ANETT HERNANDEZ BOLIVAR, ANGELA MARIBEL HERNANDEZ BOLIVAR, KATY MICHELL HERNANDEZ BOLIVAR y RINA CAROLINA HERNANDEZ DE RENGEL, ampliamente identificada ut supra, y en consecuencia, se ordena la Rectificación .....