Ahora bien, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte del ciudadano, FRANCISCO JOSE NUÑEZ QUINTERO, en su carácter de presidente de la Asociación Cooperativa "La Crujidera 342" R.L. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, FRANCISCO JOSE NUÑEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.330.004, en su carácter de presidente de la Asociación Cooperativa "La Crujidera 342" R.L. inscripta por ante el registro Publico del Municipio Guanarito, estado Portuguesa el 06 de julio del 2005. bajo en Nº 03, folios 01 al 06, protocolo 1º, Tomo 1, 3er. Trimestre del año 2005, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano, FRANCISCO JOS.....