Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se establece mediante el cómputo de la pena ordenado en el último del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, que el penado YILBERT JOSÉ BLANCO ha cumplido de su pena principal de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, un tiempo de SEIS AÑOS, UN MES Y VEINTIÚN DÍAS; así mismo, que le falta por cumplir de dicha pena un tiempo de TRES AÑOS, DIEZ MESES Y NUEVE DÍAS, tiempo que se ha de cumplir el día 05 de Octubre de 2017. Finalmente, que a partir del día siguiente debe comenzar a cumplir la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad que es por un tiempo de DOS AÑOS, el cual finalizará definitivamente el día 05 de Octubre de 2019.
SEGUNDO: .....