Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena los acusados Bladimir José Goyo Cedeño, Venezolano, Natural de Guanare, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad V-25.935.873, fecha de nacimiento 31-03-89, soltero, de profesión y oficio Obrero, residenciado en el Barrio Santa María, calle 01, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa y María Del Carmen Andrade Parra, Venezolano, Natural de Guanare, de 35 años de edad, Indocumentada, fecha de nacimiento 22-10-74, soltera, residenciado en el Barrio Santa María calle 01, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, a cumplir la pena de tres (3) años y cuatro (4) meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Distribución Ilícito de Sustancias Estupefac.....