V
DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: PRIMERO: CONDENA al ciudadano WILLIAMS RAFAEL GRATEROL TORREALBA, natural de Araure Estado Portuguesa, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 10-01-1959, de ocupación y oficio obrero, de estado civil casado, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.955.349, hijo de Ángel Ramón Graterol y de María de Graterol y domiciliado en: Barrio José Antonio Páez, Calle N° 3, casa sin número, Píritu Estado Portuguesa, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sanciona.....