D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos NAURELYS JANNA AMARO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 11.851.402, domiciliado en la vereda 16, casa número 18, Urbanización Baraure, sector 1, de la ciudad de Araure estado Portuguesa y REYES DE JESUS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.658.461, domiciliado en la vereda 7, casa número 02, Urbanización Los Cortijos, Acarigua estado Portuguesa, debidamente asistido por la abogada FRANCIS CELESTE FLORES MARTINEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 251.290, de conformidad con el crite.....