este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETAR MEDIDA DE PROTECCION al ciudadano: ROQUE RODRIGUEZ LEAL, Venezolano, de Ochenta y Tres (83) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.254.674, domiciliado en la avenida 1, entre calle 6 y 7, Manzana N° 8, Parcela N° 29, Barrio Bruzual, Turen estado Portuguesa, consistente en vigilancia permanente a la residencia del mencionado ciudadano, que deberá ser coordinada con los propios residentes para no afectar su intimidad, vigilancia permanente a su lugar de trabajo la cual será indicada por la solicitante a las autoridades policiales, la precitada medida de protección deberá ser cumplida por funcionarios adscritos a la Comisaría "Miguel Antonio Vásquez, perteneciente al municipio Villa Bruzual del estado Portuguesa.