DECRETA: Medida Provisional de COLOCACIÓN FAMILIAR, en beneficio de las niñas Identidad omitida por disposición de la Ley , de 10 y 02 años de edad, respectivamente, a ejecutarse en el hogar de la ciudadana FLORILDE MÁRQUEZ ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.181.580, domiciliada en el Complejo Habitacional La Granja, torre 12-A, planta baja, apartamento Nº 03, de ésta ciudad de Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466, Parágrafo Primero, literal e), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En virtud de la presente medida provisional decretada, se otorga a la ciudadana antes identificada la responsabilidad de crianza de manera temporal, hasta que se dicte sentencia definitiva, de las niñas: Identidad omitida por disposición de la Ley , de 10 y 02 años de edad, respectivamente, la cual debe ser ejercida, conforme a lo dispuesto en el artículo 358 ejusdem......