DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la demanda de Revisión de Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Maria Aida Briceño Perez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 20.151.926, en representación de xx y xx, contra el ciudadano José Luís Torres Briceño, venezolano, mayor edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 17.305.337, de este domicilio y fija la cantidad de doce mil bolívares (Bs 12.000,00) mensuales, y el 50% de los gastos en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para útiles escolares y estrenos decembrinos, el 50% en gastos por consultas médicas y medicamentos.....