DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de la que fue objeto el ciudadano José Leonardy Graterol Silva, venezolano, mayor de edad, natural de la Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 25-11-1970, soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.162.886, y residenciado en la Urbanización La Coromoto, calle I, casa N° 05, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la modalidad de distribución, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolan.....