DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos GENISE ANGELE MORILLO RETACO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-23.420.193, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 10 de Enero de 1988, hijo de Celinda Retaco y Esteban Morillo, de estado civil soltero, de ocupación albañil, residenciado en el Barrio Negro Primero, Calle Principal, casa s/Nº, Valencia, Estado Carabobo; y ROQUE ANTONIO VALERA RIVERO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.957.052, natural de Guanare, Estado Portuguesa.....