DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA- EXTENSIÓN ACARIGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por el ciudadano OCTAVIO JOSÉ PÉREZ BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.079.149, asistido por el Abogado LUIS ALBERTO MARRERO, ambo inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 203.513, en contra de su cónyuge, la ciudadana GLADYS MARINA NIETO JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros, V-13.917.769, de conformidad con el articulo 185-A del Código Civil y ciñéndose al criterio esgrimido en sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Suprem.....