DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de quien en vida respondía al nombre de: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el ordinal 6 del artículo 455 del código Penal, cometido en perjuicio de Los ciudadanos: LUCRECIANO ANTONIO HERNANDEZ y LUCRECIANO HERNANDEZ MONTILLA, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 6 del Código Penal, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 48, ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, articulo 318 ordinal 3º y 322 ejusdem, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....