Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, formulada por los ciudadanos: Pedro José Sulbaran, Rosa Isela Torrealba Salvaran, Goyana Torrealba Sulbaran, Jose de la Cruz Sulvaran, Rigoberto Torrealba Sulbaran y Ana Isabel Rivas de Taberner, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-8.066.214, V-10.721.610, V-9.402.976, V-4.958.563, V-9.403.102 Y V-5.130.440 en el miso orden, de este domicilio, asistidos por el Abogado Jhoan Javier Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-16.647.194, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 140.722, y DECLINA LA .....