sobre el establecimiento de la OBLIGACION DE MANUTENCION del ciudadano Jose Yulbenys Vargas en beneficio de sus hijos los niños ......................................., de 4 y 2 años de edad respectivamente, por la cantidad de Bs. 100,00 semanales los cuales serán entregados a la madre todos los viernes, con recibo firmado. Igualmente el padre se obliga a comprar los útiles, uniformes y zapatos escolares, como también en la época de de diciembre vestuarios, calzados y juguetes. Por otro lado se obligan el padre y la madre de acuerdo a sus posibilidades económicas a cancelar los gastos de medicinas, atención medica, vestido, calzado, recreación y otros. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
La Secretaria,
Abog. Elsy .....