D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle a la adolescente (identificación omitida por disposición de la Ley) , de doce (12) años de edad, plenamente identificados en la solicitud, el derecho de propiedad y posesión sobre unas bienhechurias, construidas un lote de terreno municipal, que mide aproximadamente un área total de UNA HECTAREA CON CINCO AREAS (1,5 Has), ubicada en el sector la Florida parte baja, Mesa de Cavacas Parroquia San Juan de Guanaguanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, bajo los sigu.....