Acto seguido la Juez de Control ACUERDA SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (1) AÑO, al ciudadano ORTIZ GUEVARA PABLO JOSÉ, de nacionalidad venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 23 años de edad, nacido en fecha 14/05/86, soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, Sector Cuatro Avenida Palo Grande, casa s/n del Municipio Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-17.881.932, por la comisión de los delitos de Acoso u Hostigamiento y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 40 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Doris Vianey Camargo Rojas, y se le impone la medida establecida en el artículo 44 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal asistir a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación por el lapso de un (01) año y las medidas establecidas en el articulo 87 numeral 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre.....