Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana NORMA MARÍA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: V-8.066.657, actuando en representación de sus hijos, los adolescentes ............. y ............., de 18 y 15 años de edad respectivamente, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio JANNY ZAMBRANO FALCÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.646, mediante la cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias que a ellos se contrae, y por cuanto de las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos JOAQUIN DE JESÚS RODRÍGUEZ PÉREZ y NELSON PIEDRAITA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-2.729.388 y V-1.559.086 respectivamente, de este domicilio, quienes dan fe que la solicitante construyó a favor de sus menores hijos, los adolescentes ............... y .................., unas bienhechurías cons.....